Una prueba de paternidad negativa no es suficiente para salir huyendo

Un pronunciamiento de la Corte Constitucional deja claro que el reconocimiento de un hijo no depende únicamente de la genética. Estas son las novedades que debe tener en cuenta.

20 NOV 2017 · Lectura: min.
El acto de reconocimiento de un hijo no puede depender del capricho del padre y, aunque existan evidencias científicas que puedan derivar en un cambio de dicho registro legal, los términos son improrrogables entendiendo que el paso del tiempo puede c

Si tiene conocimiento -a través de pruebas genéticas- de la no existencia de vínculo biológico y deja pasar el tiempo sin realizar ningún tipo de proceso judicial, para la ley colombiana dicho silencio significa que usted ratifica la paternidad jurídica, filial y social de los que han sido registrado como sus hijos.

Prioridad: El interés superior del menor

Esta interpretación de la norma surge a raíz de un pronunciamiento en el que la Corte Constitucional habla de que al desconocer la realidad del no vínculo (en otras palabras, al no hacer nada jurídicamente), se pueden estar vulnerando ciertos derechos de los niños como el derecho al reconocimiento de la persona jurídica y el derecho a ser parte de una familia.

Siguiendo con su argumentación la Corte determinó que el acto de reconocimiento de un hijo no puede depender del capricho del padre y, aunque existan evidencias científicas que puedan derivar en un cambio de dicho registro legal, los términos son improrrogables entendiendo que el paso del tiempo puede conllevar al origen de una relación o creación de sentimientos filiales.

Hijos de crianza como beneficiarios de la pensión de sobrevivientes

Con esta pronunciación la entidad resuelve que no realizar acciones judiciales teniendo conocimiento, no desvirtúa las filiaciones establecidas a través del tiempo y otras circunstancias.

Es decir, priman las relaciones o sentimientos construidos si el padre que tiene pruebas de ADN negativas no toma acciones jurídicas y deja pasar el tiempo, luego de tener esta información.

"Sin embargo, cuando el paso del tiempo ha sido inexorable y se tiene la certeza de que no existe vínculo biológico, la jurisprudencia ha sido clara en dar prevalencia al interés superior del menor, justamente por el carácter voluntario de aceptación de la relación filial, de apoyo de solidaridad que con el paso del tiempo se afianza en el niño" - M. P. Antonio José Lizarazo - Corte Constitucional, Sentencia T-207, Abr. 4/17

Excepciones

shutterstock-678347716.jpg

Dentro del fallo la Corte Constitucional también afirma que puede haber casos excepcionales donde haya intereses en conflicto que lleven a cambiar la caducidad antes mencionada. Por ejemplo, si a un padre se la ha impuesto aceptar un hijo como suyo y resulta que no lo es, el derecho del padre puede hacer posible que este exija la prevalencia de la filiación real o verdadera.

Aun así, cada caso contiene matices particulares que llevarán a una resolución especial del conflicto que se presente a raíz de las pruebas científicas realizadas, lo que queda claro es que lo más relevante en la relación filial no es la genética. Es recomendable recurrir a asesoría jurídica en derecho familiar si enfrenta una situación como esta.

Equilibrio de derechos

Idealmente la solución en este tipo de procesos judiciales es encontrar un equilibrio entre los derechos de los padres o sus representantes legales y los derechos de los niños y adolescentes. Sin embargo, cuando no sea posible predominan las garantías superiores de los niños.

Custodia compartida, ¿de qué se trata?

Esta mirada de la Corte deja claro que la filiación (ante la ley) va más allá de las evidencias científicas y que la familia está construida mediante valores como el afecto, la solidaridad y la dependencia. Es así como en adelante, y gracias a este precedente, que los jueces que deban analizar y valorar un caso relacionado al reconocimiento de la paternidad tienen las facultades para decidir sopesando entre las pruebas científicas y las realidades con las que ha convivido el menor.

Abogados
Linkedin
Escrito por

Abogados.com.co

Deja tu comentario
13 Comentarios
  • Aracelli Anglas

    el padre de mi hija se hizo una prueba de ADN y salio negativo; pero yo estoy segura que el es padre de mi hija, como hago para probar que es su padre?. Ayuda por favor.

  • Karen gonzalez oliveros

    Si el demandado paga para que la prueba de paternidad salga negativa a su favor que puedo hacer para impugnar esos resultados

  • James cardona

    Buenas noches Si el resultado de genética es negativo no compatible se le puede retirar el apellido al menor de inmediato?

  • Alejandra roa

    Me gustaría saber qué puedo hacer, tengo mi conciencia tranquila de que solo he estado con el papá de mi hija, pero él le hizo una prueba de adn a espaldas mías y salió negativa sabiendo yo que no tenía nada que ocultar le exigí hacer una nueva y vuelve y sale negativa. No sé porque salio así, si no estuve con nadie más. ¿Qué puedo hacer?

  • Jesús Emmanuel González

    Buenas, mi padre tiene dudas de si soy hijo de él o no. ¿Si me hago un ADN y sale negativo que sigue después de eso?

  • Leidy

    Buenos días quisiera saber qué hacer. El padre de mis dos hijos mayores les hizo una prueba de adn a espaldas mías y salieron negativas, pero yo tengo la plena seguridad que él es el padre. ¿Qué puedo hacer para ratificar esas pruebas de adn?

  • Gersain Zamora

    Saludos, si tengo dudas de la paternidad de mi hija y sale negativa , ¿puedo quitarle el apellido? ¿demandar a la madre por daños y prejuicios? Agradezco su asesoría.

  • Maritza pancorbo peres

    Lo mismo diría yo hace poco hice la prueba del adn y me salio negativa

  • Maria trujillo

    Buenos días quisiera saber que hacer. El padre de mis dos hijos mayores les hizo una prueba de adn a espaldas mías y salieron negativas, pero yo tengo la plena seguridad que él es el padre. ¿Qué puedo hacer para ratificar esas pruebas de adn?

  • Angela Guerrero

    Los exámenes son mas confiables en laboratorios clínicos certificados. Por lo general están en Bogotá.


Cargando...



últimos artículos sobre novedades y reformas legales