Esto es lo que la Corte Suprema de Justicia define como acoso sexual

Un nuevo pronunciamiento de la Corte define lo que es y lo que no es acoso sexual. Conozca aquí las condiciones y diferencias con otros delitos.

22 MAR 2018 · Lectura: min.
El acoso sexual es claramente una conducta no consentida que desemboca del deseo de quien buscar un favor sexual para sí mismo o para un tercero, pasando por encima de la voluntad del agredido.

Entre uno y tres años de cárcel es la pena a la que se somete quien sea hallado culpable por el delito de acoso sexual en Colombia.

Definido por la Corte Suprema de Justicia como un acto físico o verbal que implica "acciones, tocamientos, señas o conductas de naturaleza sexual y que no constituyen un delito más grave", el acoso sexual es claramente una conducta no consentida que desemboca del deseo de quien buscar un favor sexual para sí mismo o para un tercero, pasando por encima de la voluntad del agredido.

Límites establecidos

Desde hace 10 años el acoso sexual se tipificó como un delito en Colombia. Pero no ha tenido un amplio desarrollo de jurisprudencia en el país, ni tampoco una única definición, de ahí que sea tan importante lo que dice la Corte al establecer sus límites.

Entre los aspectos más concluyentes en el pronunciamiento, está el hecho de que para esta autoridad existe acoso sexual cuando el comportamiento se ha dado en más de una ocasión.

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No se define tiempo específico, pero sí condiciones como que la conducta sea:

  1. Repetitiva.
  2. Insistente.
  3. Mortificante para la víctima.

La Corte habló del tema refiriéndose a la importancia de que los jueces y fiscales de la República diferencien el acoso sexual de otros delitos, que pueden desencadenar procesos errados que eviten la aplicación de las sanciones respectivas.

Se deben diferenciar los delitos

Encendiendo una voz de urgencia frente al tema, el alto tribunal mencionó que existen aspectos sustanciales que distancian el acoso sexual de delitos más graves como el acceso carnal violento y los actos sexuales abusivos.

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Para entenderlo mejor es importante conocer la diferencia fundamental: cuando hay un abuso sexual hay una insinuación que no va más allá y, en cambio, cuando hay acceso carnal violento o actos sexuales abusivos ya existe una consumación.

"(…) [El acoso sexual] no se trata de un delito de resultado, en lo que al cometido eminentemente sexual respecta" - Corte Suprema de Justicia de Colombia.

Tampoco se debe aplicar el término de acoso si se trata de casos en donde lo que en realidad se da es injuria por vías de hecho. Este es el caso que se presenta cuando, de manera ocasional, y en medio de grandes aglomeraciones (dentro de vehículos de servicio público u otros espacios con grandes cantidades de personas) se presentan los llamados tocamientos.

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Condición de poder sobre el otro

Muchos de los casos de acoso sexual se presentan en espacios educativos, servicios laborales o de salud. Por ejemplo, cuando quien puede darnos un empleo nos pide favores sexuales a cambio poniéndonos en una situación sin salida como dice la Corte:

"El contexto deja en una suerte de sin salida a la víctima, puesta en el parangón de acceder a lo solicitado o perder dicha posibilidad"

Así mismo, también es claro que existe acoso cuando estas situaciones se dan en ámbitos laborales en donde el agresor puede usar su posición o factores de influencia para inducir al miedo, subordinación, coacción e intimidación de la víctima para que haga lo que este desea.

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Aunque sea más frecuente en esos espacios para el alto tribunal es claro que el acoso sexual no se da solo allí, sino en todo lugar en donde se pueda establecer una relación de superioridad, ya sea por una posición social, de poder, edad, sexo e incluso por posiciones familiares que puedan conllevar a la subordinación.

A nivel internacional el combate conta el acoso sexual se ha dado con la implementación de normas que protegen principalmente a las mujeres, pues ellas son las principales víctimas de este delito.

Aun así, sin importar cuál sea su condición si cree ser víctima de acoso le aconsejamos acudir lo más pronto posible a un abogado especializado que le pueda asesorar con los pasos a seguir.

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