¿Está desempleado? Aquí le contamos como acceder al Subsidio de Protección al Cesante

Pago de salud y pensión, cuota fija, formación para reinserción laboral y bono de alimentación son algunos de los beneficios que puede recibir si cumple con los requisitos como desempleado.

20 FEB 2017 · Lectura: min.
Si usted está desempleado y estaba afiliado a una caja de compensación familiar, pregunte por el subsidio de desempleo  puede ser beneficiario del Mecanismo de Protección al Cesante.

Conocido como Subsidio de Desempleo, el Mecanismo de Protección al Cesante es un beneficio que se otorga a los trabajadores que se encuentran sin vinculación laboral y que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley 1636 de 2013.

La finalidad de este mecanismo es articular y ejecutar un sistema integral que mitigue los efectos del desempleo que enfrentan los trabajadores, y facilite la reinserción de la población cesante en el mercado laboral en condiciones de dignidad, mejoramiento de la calidad de vida, permanencia y formalización.

Acceda a los beneficios del mecanismo

Los desempleados beneficiados recibirán:

  1. Pago de aportes al Sistema de Salud y Pensiones. Estos pagos se harán desde la caja de compensación del cesante y serán calculados sobre un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
  2. Bono alimenticio, durante seis (6) meses. Este beneficio consiste en bonos de alimentación equivalente a uno y medio salarios mínimos mensuales legales vigentes (1.5 SMMLV) que para el 2017 equivalen a $1.106.574, entregados en seis (6) cuotas mensuales iguales de $184.429, según lo determina el Decreto No. 582 de 2016
  3. Reconocimiento de cuota monetaria del subsidio familiar. Esta prestación social será entregada en las mismas condiciones en que venía recibiendo antes de quedar desempleado(a) a igual número de personas a cargo. Si no está conforme con lo que recibe o cree que hay un error de cálculo, asesórese con un experto en Derecho Laboral.
  4. Beneficio monetario proporcional por ahorro de cesantías. El ahorro debe haber sido realizado por lo menos un año y se regula según el Decreto 135 de 2014.
  5. Capacitación para la reinserción laboral.Estas capacitaciones serán gratuitas y están orientadas según la Resolución 05984 de 2014 a:

- Formación de competencia clave y transversales. - Formación en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – TIC - Alfabetización o bachillerato - Entrenamiento e reentrenamiento técnico - Técnico laboral

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Los requisitos mínimos

Los trámites para acceder a los beneficios varían según la caja de compensación a la que se encuentre afiliado (tipos de formulario, registros, documentos que debe llevar a las oficinas de la caja), pero los requisitos para calificar al mecanismo son comunes y sencillos:

  • Que la situación laboral haya terminado por cualquier causa (renuncia, despido, terminación unilateral del contrato, etc.) o en el caso de ser independiente su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ningún otro contrato u otra fuente de ingresos.
  • Que hayan realizado aportes durante un año, continuo o discontinuo, a una caja de compensación familiar en el transcurso de los últimos tres años para el caso de los trabajadores dependientes y dos años, continuos o discontinuos, para los trabajadores independientes.
  • Inscribirse en los programas o agencias de empleo de la correspondiente caja de compensación familiar o en la Red del Servicio Público de Empleo, según lo disponga la caja del afiliado. - Inscribirse a los programas de capacitación y re-entrenamiento en los términos dispuestos por la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.

Los trámites necesarios

Cada caja de compensación encargada de operar el Mecanismo de Protección al Cesante maneja sus mecanismos de inscripción, formularios, certificaciones necesarias para iniciar el proceso. Pregunte en la suya cuáles son los requisitos y medidas específicos y no se quede por fuera de este subsidio.

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