Vacuna contra el Virus del Papiloma Humano no sería obligatoria

Un fallo de la Corte Constitucional abrió la puerta para que quienes no deseen aplicarse la vacuna puedan abstenerse. ¿Cuál es el alcance y por qué se da esta pronunciación?

30 AGO 2017 · Lectura: min.
Antes de tomar una posición, la Corte solicitó concepto de entidades académicas y científicas como la Organización Mundial de la Salud y, en general, el aval de la efectividad y la no toxicidad de la vacuna contra el Virus del Papiloma Humano es ampl

Una tutela interpuesta por la madre de una niña que enfermó días después de haber recibido la vacuna contra el Virus del Papiloma Humano, puso sobre la mesa el tema de la obligatoriedad de la vacuna. Aunque en el caso particular de la niña no se encontraron evidencias suficientes para confirmar relación directa entre sus síntomas y la vacunación, la probabilidad de que esté derivada abrió una brecha para que la Corte Constitucional haya advertido al Ministerio de Salud que "existe la necesidad de obtener consentimiento informado como condición previa para administrar la vacuna".

¿Obligatoria?

El plan de vacunación en Colombia contra el Virus del Papiloma Humano, fue orientado inicialmente para ser tanto obligatorio como gratuito para las niñas de entre cuarto de primaria y séptimo de bachillerato o entre 9 y 17 años, según la Ley 1626 de 2013.

Pese a que el Ministerio de Salud señaló que la eficacia de la vacuna es del 98,2 % para la prevención del cáncer de cuello uterino, los casos de niñas que presentaron diversas sintomatologías adversas luego de la vacuna iniciaron las molestias de algunos familiares que alegaban que no debía ser una 'obligación'.

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Opiniones expertas

Antes de tomar una posición, la Corte solicitó concepto de entidades académicas y científicas como la Organización Mundial de la Salud y, en general, el aval de la efectividad y la no toxicidad de la vacuna contra el Virus del Papiloma Humano es amplio; sin embargo también es claro que existen efectos secundarios como dolor en el lugar de aplicación, fiebre, náuseas, mareo y dolores de cabeza, que deben ser tenidos en cuenta.

Es así como la Corte le solicitó al Ministerio de Salud elaborar un informe donde se haga el seguimiento de las personas que han enfermado tras la aplicación de la vacuna, y específicamente en relación a la tutela interpuesta por la madre de la niña enferma, señaló:

"(…) Aunque lo anterior no demuestra necesariamente una relación causal entre la vacunación del VPH y las enfermedades surgidas en la menor, dado que su cuadro clínico puede estar asociado a la aparición de enfermedades inmunológicas o genéticas, no se descarta que sus patologías hayan surgido como 'reacciones adversas probables a la vacuna del VPH'" - Fallo de la Sala Octava de la Corte Suprema.

La madre preocupada interpuso el recurso de tutela alegando por la protección de los derechos a la salud, vida digna y seguridad de su hija para que la EPS le prestara los servicios de salud que requería.

La tutela. ¿Qué es y para qué sirve?

Cambios en la normatividad

Aunque el Ministerio de Salud y entidades internacionales acentúen la importancia de prevenir el cáncer cervical con esta vacuna, la pronunciación de la Corte da pie a que las familias de las niñas a las que se les vaya a aplicar la vacuna se puedan negar, pues queda claro que el Estado no puede tomar decisiones sobre el cuerpo de sus ciudadanos, en ningún caso.

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A pesar de estar a la espera de ser notificados del fallo, el Ministerio de Salud ha dicho que actualmente quienes no quieran recibir la vacuna pueden abstenerse presentando una solicitud por escrito.

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2 Comentarios
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    Hola Mimi: A raíz de este pronunciamiento de la Corte Constitucional, el Ministerio de Salud ha aclarado que en Colombia no se obligan las vacunas. Según ha explicado Diego García, coordinador del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) del Ministerio de Salud, “la vacunación siempre ha sido un acto voluntario de las familias donde media un asentimiento, es decir, que las personas van voluntariamente a los servicios de salud y se aplican la inmunización”. Según este funcionario, lo que hizo la Corte Constitucional fue aclarar la necesidad del consentimiento informado. Hasta el momento, no se ha indicado la necesidad del consentimiento informado para otras vacunas. Sigue siendo un acto voluntario, basado en el "asentimiento".

  • Mimi A.

    Que implica esta decision en cuanto a las otras vacunas?

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