Nuevas tarifas de derechos registrales en Colombia

Con las nuevas tarifas de derechos registrales, las familias de estratos 1 y 2 serán las más beneficiadas porque se establecen tarifas diferenciales.

25 ENE 2017 · Lectura: min.
Identifique el estrato y el valor correspondiente al inmueble que desea registrar. Así podrá calcular el costo del derecho registral según las tarifas vigentes desde el 23 de enero de 2017.

Desde el 23 de enero de 2017 rigen las nuevas tarifas diferenciales para acceder a los derechos registrales de inmuebles en el territorio nacional. Los nuevos pagos se ajustan con base al valor del inmueble y eximen del pago de tarifa plena a las familias de estratos 1 y 2.

Según el Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez García

con las nuevas tarifas se busca que durante el 2017 las personas que tienen menores ingresos puedan adquirir con mayor facilidad una vivienda propia.

Desde principios de 2016 a las familias de estratos 1 y 2 no se les cobraba el total de la tarifa para el pago de derechos de registro, y para 2017, no serán sujetos de los incrementos diferenciales fijados. Esto quiere decir que, en vez de aplicarles una tarifa del 5x1000, las familias con menos recursos se beneficiarán de una tarifa del 4.71x1000 para inmuebles que tengan un valor entre 7'377.170 pesos y 110'657.550 pesos. El descuento es del 5,80% y puede representar un verdadero impulso a la compra de vivienda en Colombia, pues según datos de la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), el 81% de los registros de casa propia en el país corresponden a los estratos más bajos.

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Otra novedad de las tarifas registrales para 2017 es que se modificó el cobro general para los demás estratos y del 5x1.000 que se venía cancelando, cada propietario entrará a pagar según cuatro rangos de valores diferentes que dependerán del valor del inmueble a comprar.

Asegúrese de que su patrimonio familiar queda protegido

Las nuevas tarifas 2007 según el costo del inmueble

  • Para inmuebles con un valor entre $7'377.170 y $110'657.550, será de 4,71x1.000.
  • Para inmuebles con un valor entre $110'657.551 y $221'315.100, será de 5,3x1.000.
  • Para inmuebles con un valor entre $221'315.101 y $368'858.500, será de 5,6x1.000.
  • Para inmuebles con un valor de más de $368'858.501, será de 5,7x1.000.

Para calcular el valor exacto del derecho registral el comprador debe identificar a cuál de los cuatro rangos hace parte el inmueble, multiplicar su valor por la tarifa correspondiente y dividir el resultado por 1.000.

Es decir, si la propiedad que desea registrar cuesta $150'000.000, se debe multiplicar por 5,3 (tarifa correspondiente) y dividir por 1.000. Lo que significa que para este inmueble el registro costaría $795.000.

Si bien, es fácil calcular las tarifas de los derechos registrales en el país, y las notarías colombianas prestan una amplia y eficiente asesoría al respecto, el acto de compra-venta de un inmueble es un proceso complejo para el que se recomienda estar acompañado por un experto que minimice o desaparezca errores que pueden costar muy caro. En estos casos es importante contar con el apoyo de un abogado especializado en Derecho Civil.

Sobre la Superintendencia

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La Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), como lo expone el Decreto 2163 del 17 de junio de 2011 del Ministerio del Interior y de Justicia, ejerce "(…)la orientación, inspección, vigilancia y control de los servicios públicos que prestan los Notarios y los Registradores de Instrumentos Públicos; atenderá la organización, administración y sostenimiento de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, asesorará al Gobierno Nacional en la construcción de las políticas y el establecimiento de los programas y planes referidos a los servicios públicos notarial y registra!".

Es así como bajo las funciones de la SNR además de los derechos registrales de los inmuebles, se encuentran todos los actos, títulos y documentos sujetos a registro en el país, entre otros:

"Todo acto, contrato, decisión contenido en escritura pública, providencia judicial, administrativa o arbitral que implique constitución, declaración, aclaración, adjudicación, modificación, limitación, gravamen, medida cautelar, traslación o extinción del dominio u otro derecho real principal o accesorio sobre bienes inmuebles" además las escrituras públicas y las providencias de los juzgados que dispongan de las anteriores inscripciones, los testamentos abiertos y cerrados, así como su revocatoria o reforma de conformidad con la ley.

Encuentre en este enlace, respuesta a las preguntas frecuentes sobre tarifas, horarios y sistema de notariado en Colombia.

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