Nacionalidad Española para niños nacidos en España de padres extranjeros

Para continuar con el tema anterior sobre la adquisición de la Nacionalidad Española por simple presunción.

7 MAY 2019 · Lectura: min.
Nacionalidad Española para niños nacidos en España de padres extranjeros

Ya sabemos que por norma general, los niños nacidos en España adquieren la nacionalidad de sus progenitores.

¿Y si los padres son residentes en España, y el niño, nacido aquí, tiene el permiso de residencia correspondiente?

En este caso se aplicaría lo previsto en art. 22. 2 c) del Código Civil: Para la concesión de la Nacionalidad por residencia, bastará el tiempo de residencia de 1 año para el que haya nacido en territorio español.

Es decir, tras recibir el NIE de residente, y cumplir un año de residencia legal, los padres del niño nacido en España pueden solicitar la nacionalidad española por residencia para el.

En este caso sería necesario abonar una tasa (102€) y tramitarlo como una solicitud de nacionalidad española por residencia.

Si este es su caso, y desea más información sobre el trámite o asistencia legal para presentar la solicitud, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de:

Le ayudamos con la preparación de todos los documentos requeridos, sea cual sea la forma de adquirir la Nacionalidad Española. Con su correspondiente apostilla y traducción jurada.

Nos ocuparemos incluso de los documentos que se solicitan personalmente. (certificado de antecedentes penales del país de origen), para que el procedimiento resulte ser más cómodo y sencillo.

Nueva plataforma del Consejo General de Abogacía

Ahora los abogados tenemos acceso al nuevo procedimiento agilizado de presentación de la solicitud de la nacionalidad española. Pudiendo aportar la documentación requerida por el Ministerio de Justicia mediante su carnet profesional.

Una vez presentada la solicitud, seguiremos su curso, presentando escritos con el fin de agilizar el procedimiento se es preciso.

Para conocer el procedimiento o solicitar la nacionalidad con nosotros, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

¿QUÉ TIPOS DE NACIONALIDAD HAY?

Nacionalidad por opción:

– La opción es un beneficio que nuestra legislación ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones. Para que adquieran la nacionalidad española. Tendrán derecho a adquirir la nacionalidad española por esta vía:

– Quienes estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.

– Las personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.

– Todo aquel cuya determinación de la filiación o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad.

– Aquellas personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad.

Nacionalidad española por residencia:

Esta forma de adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma: legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.

Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce, estos son:

5 años

– Para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.

2 años

– Para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.

1 año

– Aquél que haya nacido en territorio español.

– Todo el que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.

– Quién haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos. Incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.

– El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.

– El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.

– El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

Desde Kvasnevska & Partners esperamos haberle ayudado a comprender cuál es su caso y estamos a, su disposición para, cualquier duda o gestión que desee realizar con nuestra ayuda.

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