La pensión familiar: un recurso al que todos podemos acceder

Acceder a la pensión es una meta demasiado difícil para muchos, sin embargo estar en pareja podría facilitar este proceso a través de la figura de la 'Pensión familiar'.

21 JUN 2017 · Lectura: min.
A pesar de las ventajas del acceda a los fondos privados otro aspecto a considerar es que el régimen privado o Colpensiones cada uno de los integrantes de la pareja reciben la mitad del monto total de la pensión, característica que permite la ampliac

Cumplir los requisitos necesarios para disfrutar de una pensión, como la edad y la cantidad de semanas cotizadas es el sueño de muchos pero una meta muy difícil para la mayoría. Al estar expuestos al desempleo, muchos colombianos enfrentan la angustia de no poder llegar a pensionarse y olvidan un recurso que puede permitirles lograr su objetivo: La pensión familiar.

¿De qué se trata?

Se conoce como 'Pensión familiar' a la alternativa para quienes no pueden alcanzar por sí solos una pensión, pero sí pueden hacerlo sumando esfuerzos con su pareja. Este modelo permite la suma de los ahorros pensionales o de las semanas cotizadas entre la pareja para acceder a una pensión.

Los beneficiados pueden ser personas casadas o parejas que vivan en unión libre, pudiendo elegir cómo quieren recibir su pensión: A través del régimen público o de los fondos privados.

Jorge Llano, Director de Estudios Económicos de Asofondos, lo explica así:

"La pensión familiar es una gran oportunidad para lograr un ingreso estable en la vejez que por diferentes motivos la pareja no podría lograr de manera individual"

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Diferencias a considerar

Es importante asesorarse correctamente antes de optar por un fondo privado o por el régimen público pues los requisitos varían:

  • Colpensiones o el régimen público exige haber cotizado 1.300 semanas como mínimo y que la pareja pertenezca al nivel 1 o 2 del Sisbén.
  • Un fondo privado en cambio exige unos tres años menos de tiempo cotizado que el régimen público, es decir que la pareja sume como mínimo unas 1.150 semanas. Además, a ninguno de los integrantes de la pareja se le exige que esté afiliado al Sisbén.

La pensión a la que se accede es la misma en los dos casos, pero otra diferencia importante radica en que, si la pensión se da por ahorro, los fondos privados permiten que el monto de la pensión sea mayor al salario mínimo y el régimen público no.

A primera vista sería posible estimar que acceder a la pensión es más práctico si se hace a través de un fondo privado, pero en Colombia la mayoría de personas están vinculadas por la vía del régimen público quizá porque el 84% de los afiliados a los fondos privados son menores de 44 años.

Siempre es recomendable que si tiene dudas acuda a un experto en pensiones que evalúe, explore y le aclare su caso particular, pues el régimen público se adapta a necesidades diferentes.

A pesar de las ventajas del acceda a los fondos privados otro aspecto a considerar es que el régimen privado o Colpensiones cada uno de los integrantes de la pareja reciben la mitad del monto total de la pensión, característica que permite la ampliación de ciertas coberturas.

La ley colombiana establece que, para acceder a la pensión familiar, ambos miembros de la pareja deben haber cotizado 25% de las semanas requeridas para acceder a la pensión por vejez al llegar a los 45 años. Para que una pareja sea reconocida como tal ante el sistema pensional se debe poder comprobar que la relación lleva más de 5 años, ya sea como relación conyugal o convivencia permanente, y también que la convivencia haya iniciado antes de los 55 años de edad de los dos.

Es necesario que los tiempos cotizados sean revisados pues también en necesario que en este punto la suma de ellos sea superior a las semanas mínimas exigidas para una pensión por vejez.

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Para cambiarse de régimen

Cambiar entre una u otra alternativa es una decisión muy importante que no debe ser tomada a la ligera por eso, como explicábamos antes, el consejo es buscar asesoría. La ley colombiana coincide con esto y por ello establece que es indispensable una doble asesoría antes de realizar el cambio (ya sea por cambio de régimen público a fondo privado o viceversa)

La verdad es que algunos temores como la idea de que las empresas privadas pueden quebrar es un gran factor que hace que muchos opten por quedarse en el régimen público, pero estas son verdades a medias que deben ser despejadas bajo la mirada de expertos.

Una vez esté seguro de la decisión el proceso es bastante sencillo, pues basta con un trámite de un formulario para hacer el traspaso del régimen público a un fondo privado sin perder antigüedad o fondos.

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