¿Una unidad residencial debe tener una determinada área de esparcimiento por cada metro cuadrado construido?
El parque de la unidad es muy pequeño, más o menos 4 metros cuadrados y son solo juegos para mi niños muy pequeños, por lo que los niños mas grandes (10 años) deben usar parqueaderos y demás zonas comunes para jugar, lo que ha generado llamados de atención por parte de la administración, yo como propietario quiero ir a la asamblea pero con bases para poder discutir el tamaño destinado al esparcimiento de los menores.
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Valentina cordial saludo, desde una firma seria de abogados con postgrado, líder en asesorías virtuales online a nivel mundial por whatsapp - skype - msn y muchísima experiencia en derecho inmobiliario, el espacio para la recreación es el establecido en el reglamento de propiedad horizontal de su Conjunto, si solo cuenta con un rodadero es solo ese el espacio, no es por cada metro cuadrado.
Buenas tardes
Debe usted consultar el reglamento de propiedad Horizontal. En el está establecido el area de las zonas comunes destinada a la recreación . Para ampliarlas debe usted estudiar si existen zonas comunes que puedan destinarse para recreación de los más grandecitos y proponer ese cambio de estinación en una reunión de propietarios previa solicitud de convocatoria al administrados. Cualquier duda adicional con gusto le atenderemos.
Cordialmente,
GR & ASOCIADOS
ABOGADOS