¿Debo pagar por un ascensor que no usaré?
Vivo en un Conjunto Residencial de 7 torres y 8 pisos cada una. Vivo en el primer piso, no tengo acceso al ascensor ni para el parqueaderos ni zonas comunes. Citaron a una "Asamblea Extraordinaria" pero solo los de la torre mía porque se dañó el ascensor. Obviamente les dije que los primeros pisos no debemos pagar según la ley 675 art 29 par. 3 y ellos aducen que si tenemos el derecho porque en el segundo está un ducto del shut de basuras porque en el primer piso no hay.
¿Tengo que pagar por algo que no utilizo? ¿Lo de la Asamblea de una sola torre es legal? Somos 4 en el primer piso contra 28 en los otros pisos