¿Mi empresa puede acudir a la ley de insolvencia?

En este episodio de Consultorio Jurídico tratamos el tema de la ley de insolvencia empresarial, con la ayuda de dos abogado experto, discutiremos los beneficios y requisitos de la ley 1116 del 2006.

9 ENE 2024 · Lectura: min.
¿Mi empresa puede acudir a la ley de insolvencia?

¿Qué es la ley de insolvencia?

Es un mecanismo que da la ley, una herramienta que ofrece la ley colombiana, al igual que otras legislaciones, como la legislación de Estados Unidos, la legislación europea, la legislación brasileña, mediante la cual se le permite a los comerciantes de las sociedades comerciales establecer unos acuerdos de recuperación o de reorganización empresarial, para que puedan lograr unos pagos en plazos más amplios, en el marco de ese proceso de insolvencia, básicamente lo que se hace es que los comerciantes y las sociedades comerciales puedan acceder, a unos plazos más amplios para lograr pagar las obligaciones comerciales.Antes en Colombia se llamaba el régimen de quiebra, con el decreto 350 de 1989 que establecía en el país el régimen penal de quiebra, los comerciantes en ese momento se les abría un proceso que tenía implicaciones legales. Hoy en día no tiene implicaciones legales, pero a través de este proceso se le ha permitido a los comerciantes ponerse al día en sus deudas con unos plazos más amplio, más adecuados, negociar con los acreedores las condiciones de pago.

¿La ley de insolvencia es igual a la quiebra?

En lo que respecta a la quiebra, la figura en Colombia es diferente, existió el decreto 350 de 1989,ese decreto regulaba la figura jurídica de la quiebra, que consistía en que el comerciante se declaraba en ese estado, y ya no podía pagar, lo que hacía era liquidarse y rematar los bienes que tenía, más adelante apareció la ley 222 de 1995, la ley de concursos o la ley concursal y modernizo el régimen de quiebra que teníamos en Colombia, sin embargo esta ley duro poco tiempo y fue necesario implementar la ley 550 de 1999 con una mayor cobertura, más conocida como la ley de recuperación o de restructuración, aplicable no solo a las sociedades comerciales, a los comerciantes, sino también a las entidades del estado, universidades públicas, entidades descentralizadas, de manera que la ley rigió algunos años, posteriormente se expide la ley 1116 del año 2006 se conoce como ley de recuperación o de reestructuración económica, una vez aparece esta ley, copiada de la ley modelo de naciones unidas o de insolvencia empresarial se aplican esos criterios internacionales, en lo que respecta a la negociación de deudas, a los pagos que tienen que hacer los deudores con los acreedores y al orden de prelación de los créditos.Para las sociedades comerciales y para los comerciantes se aplica la ley de insolvencia empresarial, esta ley tiene 3 escenarios:- Comerciantes, personas naturales, el juez competente es el juez civil de circuito.- Las sociedades comerciales, el competente es la superintendencia de sociedades.- Las personas controlantes de sociedades comerciales, las personas naturales no comerciantes y que son controlantes de sociedades, juez civil del circuito.

¿Requisitos para acogerse a la ley de insolvencia?

La ley establece básicamente que una sociedad comercial, haya incumplido 2 o más obligaciones, si se encuentra en una situación de sensación de pagos, una situación de liquidez, una situación en que la empresa no pueda atender de sus obligaciones y tiene 2 o más procesos ejecutivos, esa sociedad comercial puede solicitar, a la superintendencia de sociedades por conducto de apoderado ingresar al proceso de insolvencia empresarial.La superintendencia de sociedades, examina y verifica que se cumpla con unos requisitos para poder acceder a ese proceso de insolvencia, lo mismo hacen los jueces de la república, cuando se trata de insolvencia de los comerciantes hace la misma valoración, de requisitos que se deben cumplir para poder ingresar a ese tipo de proceso.

¿A qué entidad se debe acudir para que una empresa entre en ley de insolvencia?

Para las personas que no son comerciantes, personas naturales en Colombia, tenemos ese régimen especial que está previsto en el código general del proceso, antes estaba previsto en una ley, pero fue declarada inconstitucional por vicios de procedimiento, pero eso se recogió y está previsto directamente en el código general del proceso, el juez competente para las personas naturales no comerciantes es el juez civil municipal, las cámaras de comercio también tienen centros de conciliación y arbitraje, están facultados por el gobierno para realizar procesos de insolvencia, por otro lado las notarías también tienen competencia para conocer de estos procesos de insolvencia de personas naturales no comerciantes.Si una persona llámese sociedad comercial o una persona jurídica o un comerciante o inclusive una persona natural tiene sus vienes a punto de ser rematados perfectamente ese proceso puede ser suspendido en virtud de la apertura de un proceso de insolvencia empresarial, o de un proceso de persona natural no comerciante.

¿Cuáles son los beneficios para la empresa que entra a la 11-16 del 2006?

Lo mismo que se ha dicho durante todos los años, atendiendo al marco constitucional al artículo 333 y al artículo 58 de la constitución de 1991, mantener el crédito de otro lado, permitiendo que las empresas suscitan salga adelante y puedan recuperarse de la crisis. La crisis un tema debatible, cuando una empresa entra en crisis todos los involucrados están perjudicados, de primera mano los trabajadores que no pueden seguir recibiendo sus ingresos, en segundo lugar el estado que ya no puede seguir persiguiendo los impuestos respectivos, en tercer lugar los acreedores que se ven afectados patrimonialmente, y la sociedad, la comunidad en general.

De manera que la ley 1116 es de alguna manera, un fomento al desarrollo económico y empresarial porque permite que las personas jurídicas, es decir las empresas, las sociedades comerciantes, que se encuentren en situación de crisis económica, que no puedan atender sus obligaciones se les preste o se les facilite unos medios para pagar, unos plazos más amplios, más adecuados, a través de un sistema de reorganización empresarial, y esa reorganización puede implicar que la empresa se fusione, que haga una escisión empresarial, que ingresen nuevos socios a través del sistema de capitalización de acciones, siendo una forma de pagarle a los acreedores, o con acciones a los mismos trabajadores una parte, en las condiciones que lo señala el código sustantivo del trabajo y en lo que respecta en la parte tributaria se establecen unos beneficios o facilidades para que la empresa pueda seguir trabajando.

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ASD SERVICIOS LEGALES | MONTERÍA

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