EJECUTIVOS POR DEUDAS DE DINERO

Poco se hace frente al mandamiento de pago y las medidas cautelares que estos decretan, lo que implica el embargo de cuentas y bienes del deudor, reponga siempre el mandamiento y conteste.

25 MAR 2021 · Lectura: min.
EJECUTIVOS POR DEUDAS DE DINERO

Las órdenes ejecutivas impartidas por los juzgados siempre son contestadas fuera de tiempo y muy pocas veces se hace uso del recurso de reposición al que se tiene derecho dentro de los 3 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, asì como también están quienes utilizan este recurso pero no contestan en tiempo la demanda.

Las actuaciones exitosas en esta materia constan en las que se hacen uso de todas las oportunidades procesales para controvertir el título ejecutivo, ¡Repongalo! ¡Contestelo! y esa contestación entiéndase como Escrito de Excepciones de fondo, dado que las previas solo se pueden proponer dentro de la reposición del auto de mandamiento ejecutivo.

Si usted nota que hay anomalías en el título, ya sea pagaré o letra de cambio, por no coincidir la firma con la del deudor o por llenarse con instrucciones distintas a las encomendadas y peor aun, si no hay carta de instrucciones y el acreedor lo llena a su antojo, no se le olvide esto: TACHELO DE FALSO y esa tacha propongala como excepción de mérito en su escrito de excepciones, también, pida prueba grafológica encaminada a demostrar que esa firma o esa letra con el que fue llenado, no corresponde al deudor para que garantice una defensa sólida a sus defendidos.

Como concejo previo, al llenar un título en blanco, autentique su firma para que quede constancia y dígale al notario que deje constancia que fue firmado en blanco, diligencie la cifra económica a recibir, saquele copia y guárdelo ojalà y pueda contar con copia autenticada para su archivo, exija siempre su carta de instrucciones y limite la carta a la suma que recibe, escriba usted mismo (a) el monto en números y letras en ambos documentos.

Con esto, evitarà muchos dolores de cabeza en el futuro y se prevendrá de que le cobren por la vía legal sumas exorbitantes.

Finalmente, contrate siempre un abogado con experiencia en el tema, exija su contrato de servicios para tener claro el monto de los honorarios, los anticipos deben estar detallados y los tiempos para el resto de los bonos, así como los momentos en que recibirà lo informes por parte de su apoderado, proporcionele la facilidad de mantenerse en contacto de manera electrónica y recuerde que la transparencia de ambas partes consolida una relación comercial duradera y eficaz.

Escrito por

Grupo de Ingeniería SAS

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