​Multas y comparendos electrónicos

Ser sorprendido con un comparendo en casa es una pesadilla que toma a más de un conductor desprevenido. ¿Qué debemos saber acerca de las fotomultas y otras sanciones? Acá le contamos.

20 FEB 2018 · Lectura: min.
​Multas y comparendos electrónicos

Recibir una multa o comparendo electrónico es cada vez más común en Colombia. La primera ciudad en implementar este sistema fue Medellín, pero ya son muchas otras las ciudades que han adoptado este método en cuanto a la regulación vehicular.

Al rededor de la implementación de estas tecnologías como métodos sancionatorios, hay opiniones encontradas en gran parte porque el desconocimiento de algunas regulaciones toma desprevenido a más de un colombiano. Para evitarlo, hemos reunido los aspectos más importantes que debemos saber en relación a este polémico tema

¿Cómo funcionan las fotomultas?

En diferentes partes de la ciudad se ubican cámaras estratégicamente localizadas para detectar los malos comportamientos de los conductores imprudentes. Generalmente estos puntos se ubican en donde han habido múltiples casos de accidentes, aumento de tráfico, o se presenta una tendencia a sobrepasar el límite de velocidad.

Guía práctica para no caer en manos de estafadores

Las cámaras recopilan videos, fotografías y datos que se traducen en las conocidas fotomultas. Las imágenes sirven de evidencia para que los organismos encargados sancionen a las personas que hayan cometido alguna infracción, esto se hace a través de un comparendo digital que luego de que un agente de tránsito lo haya verificado y firmado, es enviado al domicilio del propietario del vehículo involucrado en la falta.

"El trámite contravencional con ayudas tecnológicas, se encuentra desarrollado dentro de los parámetros del debido proceso administrativo, fundamentado en los artículos 1,2, 11, 13, 15 y 29 de la Constitución Nacional, en los artículos 2, 44 del Código Contencioso Administrativo, en los artículos 1, 3, 5, 131, 129 y siguientes del Código Nacional de Tránsito" - Secretaría de Movilidad Barranquilla.

Lo que se sanciona con las fotomultas

Tal como se menciona, el marco legal de estas sanciones está definido por el código de tránsito y otros estatutos, sin embargo, de modo general es posible recibir una fotomulta por infracciones como:

  • No respetar el semáforo: Ya sea un semáforo en rojo, en amarillo o intermitente en rojo.
  • No hacer un pare: No detenerse ante la señal de 'pare' también es indebido.
  • Tránsito prohibido: En casos no solo de Pico y Placa, sino también de cualquier zona restringida o en horas no permitidas por la autoridad.
  • Estacionar mal: Se sanciona cuando el conductor deja mal ubicado el vehículo, así como cuando lo deja en zonas prohibidas.
  • Usar el carril indebido: Aplica para vehículos de 3,5 o más toneladas que no deben transitar por el carril izquierdo cuando hay más de un carril.
  • Irrespeto a los peatones: Cuando estos cruzan la vía por la zebra o en algunos casos cuando hay paso peatonal y el conductor no les da prelación, como debe hacerlo.
  • Bloqueos de las vías: También se sancionan conductas como el bloqueo de intersecciones o calzadas. Considerando como excepción los casos en los que se presentan accidentes de tránsito.

shutterstock-739653664.jpg

Procedimiento ante la sanción con fotomulta o comparendo electrónico

Existen 5 diferentes alternativas de respuesta una vez se haya recibido un comparendo electrónico:

1.Aceptar y cancelar con el 50% de descuento: Con esto el conductor acepta haber cometido una infracción y se acoge al beneficio del descuento si cancela dentro de los siguientes cinco días hábiles a la imposición del comparendo. Adicionalmente deberá asistir a un curso de seguridad vial, que le será indicado, en menos de los once días siguientes a haber sido notificado de la multa.

2.Aceptar y cancelar con el 25% de descuento: En este caso, donde también se acepta la falta, el conductor es beneficiado con el descuento si paga antes de los 20 días siguientes a la imposición del comparendo o en el caso de ser fotomulta, dentro de los siguientes 26 días hábiles a haber recibido la notificación.

¿Debo declarar renta, sí o no?

3.Aceptar y cancelar el 100%: Luego de que se dejan vencer los plazos antes mencionados, el conductor deberá pagar el total de la multa y aceptar que cometió la infracción.

4.Aceptar y llegar a un acuerdo de pago: En este caso el conductor acepta que cometió una infracción y para acceder a la financiación, se acerca directamente a la Secretaría de Tránsito respectiva a diligenciar el proceso.

5.Negar e iniciar una reclamación: En caso de que no se haya cometido la infracción que se pretende sancionar, el conductor está en su derecho de negarla y solicitar una audiencia pública en la Secretaría de Tránsito involucrada. En ese escenario podrá hacer sus descargos y solicitar las evidencias de la supuesta infracción. Si requiere asesoría de un abogado para adelantar su reclamación, puede consultar un listado de expertos aquí.

Tenga en cuenta que después de haber sido notificada si la persona decide no hacer nada también tendrá consecuencias, pues al no presentarse las autoridades seguirán con el proceso sancionatorio. En este caso el infractor estará obligado a cumplir con un cobro coactivo, lo que significa que deberá pagar el total del valor de la multa además de los intereses de mora que se presenten en el proceso de cobro jurídico.

Cuando el conductor no es el propietario del vehículo…

No necesariamente el propietario del vehículo es el que conduce siempre, por eso si este recibe la notificación de sanción en su casa y sabe que no estaba manejando en el momento de la infracción, para no verse perjudicado con el cobro tiene once días hábiles después de haber recibido la notificación para ir a la Inspección de Tránsito y Transporte a informar acerca de la persona que iba conduciendo al momento de la infracción.

Abogados
Linkedin
Escrito por

Abogados.com.co

Deja tu comentario
22 Comentarios
  • Nixon Avendaño

    Buen dia, el día 4 diciembre me desplazaba santa Marta a Barranquilla y en un lapso de minutos me hacen dos comparendos de ciénaga a Barranquilla

  • diana moreno

    Hola necesito ayuda con unas foto multas que tengo en Medellín y bello ya caducaron por tiempo y aun no las quitan además me acaban de mandar una del año pasado y yo ni siquiera vivo en esa ciudad ya me mude.

  • Diego Fernando vera silva

    Tengo la licencia suspendida x alcolemia hace 6 años tengo una multa que de 7 millones ya va en 20 quiero recuperar mi licencia pero no puedo pagar toda esa plata ustedes me pueden ayudar

  • Andrea Contreras

    Nunca me notificaron del comparendos electrónico por lo tanto a si no estuviera de acuerdo con este no se me dio la opción de pagar con descuento y hacer el curso que debo hacer?

  • Andrés López gomez

    Necesito ponerme al día con las infracciones de transito

  • JAVIER SALAS

    BUEN DIA PARA SABER COMO HAGO PARA IMPUNAR COMPARENDOS DE 5 AÑOS SIN COBRO COATICO Y CUANTO COBRAN USTEDES POR EL TRAMITE

  • AMADO ROJAS PINEDA

    Muy buenos dias , les pregunto tengo infracción de fotomulta y nunca me llegó al domicilio, hace aproximadamente 1 año actualice los datos ante el tránsito y el viernes 18/10/19 consulte el simit y para mi desgracia veo que tengo esta multa. que puedo hacer en este caso, y lo peor es que ya tiene sus meses.

  • Diego florez guevara

    Buenas noches deseo exponer mi caso si es posible hallar alguna ayuda. Presento 15 fotomultas de una motoxicleta que vendi hace seis años de las cuales no he recibido ninguna notificacion ni aviso.. las infrancciones que registra en simit son a partir del 2017. Quisiera que alguno me pudiera asesorar o me pueda contatar para pronta solucion

  • Nidia Naranjo

    Y cuando el semáforo no funciona y ponen el fotocomparendo cuando es imposible moverse?

  • José olvelly

    Tengo dos comparendos del 2006 en Barranquilla estos prescribieron, pero no los quieren desmontar del simit... ¿qué hago? Le agradezco su atención.


Cargando...



últimos artículos sobre consejos legales