Escritura de reglamento de propiedad horizontal no fue registrada

Realizada por jose d. manrique. 4 abr 2017 Derecho inmobiliario

Vivo en un conjunto donde se hicieron todos los trámites legales ante curaduría y en notaría para crear y elevar con escritura el reglamento de propiedad horizontal, pero nunca lo registraron en la oficina de instrumentos públicos, luego de eso uno los propietarios de los lotes vendió la la mitad del lote y realizo un reglamento de propiedad horizontal para ese lote y lograr que le dieran dos numero de escritura para legalizar la venta.


La pregunta es: ¿Qué se puede hacer para lograr lograr que el conjunto tenga el reglamento de propiedad horizontal y sea legal?


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La propiedad Horizontal debe constituirse con apego a la Ley 675 de 2001, mediante una escritura pública ante notaría que luego debe registrarse en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del domicilio donde se encuentra el edificio o la unidad residencial. Realizada la inscripción surge la persona jurídica; esta estará conformada por los propietarios de los bienes de dominio particular.

CNG ABOGADOS CONSULTORES Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

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