1. ¿Se puede exigir en qué se gasta el dinero del menor si donde vive no se cancela colegio, ni ruta, ni alimentación escolar ni salud (todo lo asume el Estado) con soportes pertinentes viendo que el dinero debe ser invertido en el menor?
2. ¿Se podría consignar el dinero de la cuota alimentaria en una cuenta a nombre del menor mientras hay una claridad de en qué se usa el dinero? ¿Se incurre en algún delito si se hace esto en lugar de entregarlo al otro padre?
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Silvana cordial saludo desde el consultorio jurídico en línea, especializados en asesorías virtuales internacionales, profesionales con postgrado que resuelven sus consultas por whatsapp - MSN desde hace dieciséis años, contáctenos al correo fundacionsanivo gmail. com para ampliarle su respuesta, somos expertos en derecho de familia, todo lo decide o una autoridad administrativa o el Juez, por lo tanto si no hay acuerdo será la autoridad a donde se le ponga en conocimiento el Caso, relacionado con aportes que no son efectivos porque el Estado es el que paga, entonces se debe iniciar un proceso de regulación de cuota y no se le puede consignar directamente a nadie.
Buenos días
La cuota de sostenimiento debe ser entregada al padre o madre que tenga a su cargo el cuidado personal del menor.
Para verificar el valor de los gastos reales del menor debe usted solicitar una audiencia de conciliación ante el ICBF a efectos de lograr una reducción de la cuota alimentaria si fuere el caso.
No puede usted consignar a nombre del menor ni suspender el pago a que está obligado por la ley y por los lazos efectivos, toda vez que puede afectar el sostenimiento del menor quien es ajeno a las situaciones de conflicto entre los padres.