Cuál sería el delito a tipificar por la sacada de un vehículo de un parqueadero?
Buenos días, cordial saludo. ¿Cuánto tiempo se tiene para interponer una demanda una vez ejecutado un hecho delictivo o de abuso de confianza, sin que prescriba por pasarse los términos de haberla radicado ante un Juez de la República?
El hecho fue que sin autorización de los dueños de un vehículo parqueado en zona común de una Copropiedad sometida el Régimen de P.H., la Administradora y con el supuesto aval de la Asamblea decidieron sacarlo del conjunto por inmovilidad superior a 90 días; desconociendo las razones de que el carro está varado y por falta de presupuesto no fue posible mandarlo reparar.
Según acuerdos este permaneció por más de 90 días estacionado con movilidad parcial (empujando el carro para moverlo, asear el sito o espacio de parqueo y luego volverlo a dejar ahí).
Los parqueaderos son comunales y se rotan cada año según los acuerdos internos y el pago adicional, a la cuota base de administración, se venía pagando normalmente y estamos dentro del período de asignación temporal anual que se vencía el próximo 31 de Julio de 2018.
¿Qué delito se configura ahí y si se puede o no interponer una demanda?.
El Manual de uso de parqueaderos NO están ejecutoriados como lo dice la Ley 657 de 2001.
Gracias por su atención y respuesta,