Buenos días, mi pregunta es la siguiente. Mi esposo realizó contrato de arrendamiento el día 6 de julio del 2017 a un término de 6 meses. Ahora el 24 de septiembre en la empresa que labora lo trasladan hacia otra ciudad y debemos mudarnos casi de inmediato. El día 24 de septiembre le enviamos una carta a la inmobiliaria informándoles esto y que por esta razón le entregaríamos la casa el 31 de octubre de este año 2018. ¿Siendo este el motivo de terminación de contrato, que considero es de fuerza mayor, tendríamos que pagar alguna indemnización o solo el mes de octubre?
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Mayra contacteme a mi línea whatsapp para informarle el costo de la asesoría.
Debe revisar lo establecido en el contrato. En el caso expuesto es la inmobiliaria quien acepta o no, seguramente les conteste y los obligue a cumplir el contrato.
Buenas tardes, señora Mayra Ochoa, este tema es muy especifico y necesita asesoría personalizada. Por favor contáctenos vía correo o telefónico., le ayudamos a solucionar este inconveniente.