Reliquidación de Pensión

Realizada por Andres Castro. 19 feb 2016 Pensiones

Cordial saludo.

En representación de mi padre hago la siguiente consulta: él ha tenido conocimiento de que su pensión de jubilación puede estar mal liquidada, la cual le fue reconocida bajo los siguientes parámetros: ( ley 33 y 62 de 1985); laboró en el Ministerio de salud Pública un total de 12.612 días ( 34.5 años); cumplió los 55 años el 23 de enero de 1993; le recocieron su pensión de jubilación el 15 de febrero de 1994 con el 75 % teniendo en cuenta como factores salariales la asignación básica, auxilio de alimentación, auxilio de transporte, prima de navidad, bonificación por servicios prestados, prima de servicios, prima de vacaciones, prima de antiguedad. La pregunta en concreto es saber si hay posibilidad de que su pensión de jubilación este mal liquidada a falta de un factor salarial, por la no aplicación de una ley mas favorable o si es verdad tendría derecho a un reconocimiento del 100% por haber cumplido casi 35 años de servicio teniendo en cuenta que la ley 33 de 1985 establece 20 años.....gracias por su atención prestada.

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Respetado Señor CASTRO, cordial saludo desde la confianza que le puede brindar una Fundación Jurídica como la nuestra; efectivamente lo que Usted necesita es un abogado con especialización o postgrado y con experiencia comprobada en asuntos similares, ya que se trata de un Caso que exige de mucho conocimiento ante Entidades Administrativas expertas en negarlo todo, por lo tanto se deben de agotar muy bien unas instancias administrativas ya que después de quedar en firme estas decisiones no se pueden Demandar; se debe acudir a Colpensiones, Mintrabajo y Ministerio de Salud, que de no prosperar se impugnaría a través de una Tutela y agotado el recurso se tendría que interponer una Demanda Ordinaria por reliquidación; por lo tanto consultenos directamente por nuestro nombre en el buscador de internet para asesorarlo inmediatamente y finalmente regalenos un me gusta en el respectivo link izquierdo de esta respuesta.

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Que régimen o entidad le reconoció la pensión y que factor salarial no fue considerado?. Contáctenos.

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Con gusto se resuelve su inquietud personalmente, me gustaría entrevistarme con su padre y de esta forma con toda la documentación que tenga sobre el caso analizar si procede la reliquidacion por factores salariales.

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