Reintegro al cargo por nulidad de sentencia.
Se preunta:
1. Al declararse la nulidad regresaría al cargo mientras el Juez de Primera nstancia fallaba de nuevo?
En ese fallo fuera de anular la elección, ordeno elegir de nuevo en el término de 48 horas y así lo hizo el Concejo Municipal
2. El Presidente del Concejo Municipal no me reintegro, porque dijo ue esperaba el nuevo fallo, a pesar de la nulidad de la sentencia que había anulado la elección.
3. El Juez vuelve y falla y declara la carencia del actual objeto por hecho superado, aduciendo ue el Concejo ya eleigió y se superó el hecho de la violación al debido proceso de un candidato que le embolataron la hoja de vida los funcionarios administrativos, con el fin de sabotear mi eleccipon y lo lograro.
4. El Presidente debía reintegrarme nate la nulidad de la sentencia de primera instancia.
5. Instaure una tutela reclamando mi salario desde el 27 de enero al 11 de febrero, fecha cuando fallo el Juez declarando la Carencia y fue declarada improcedente. Estoy en el periodo de apelación porue salió el Jueve anterior.
Con todo respeto si hay necesidad de enviar documentos lo haré. Muchas Gracias