Quisiera saber si puedo reclamar una herencia. Mi padre falleció hace 4 meses.

Realizada por camilo. 14 ago 2016

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

CAMILO cordial saludo desde la única fundación líder en consultoría jurídica especializada como abogados en derecho de familia herencias, nuestra recomendación es contar con un profesional que tenga postgrado y experiencia en éstos procesos como los de nuestra Corporación, con el fin de brindarle toda la asesoría para que no pierda ese derecho si se asesora por parte de gente inexperta; así que escribanos directamente al correo: fundacionsanivo en gmail o en nuestra dirección encontrará nuestro número telefonico o estamos por nuestro nombre en internet, donde un abogado lo asesorará en este caso.

Anónimo-262477 Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

3880 respuestas

9289 votos positivos

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes.

Claro que si tienes derecho a reclamar la herencia.

Esperamos ser de gran ayuda para usted.

Feliz tarde.

GRUPO GOMEZ MEZA ABOGADOS

Grupo Gómez Meza Abogado en Medellín (El Poblado)

58 respuestas

24 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Un saludo. Para iniciar una sucesión no existe en la ley plazo. Se recomienda hacerlo con brevedad para evitar problemas de documentos, logística y cambios legales posteriores. Saludo

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas noches Camilo, claro que puede reclamar la herencia. Si es el único heredero podrá iniciarse la sucesión en notaria y si son varios herederos, si no están de acuerdo se debe iniciar en juzgado, en caso contrario puede ser en notaría. Comuníquese con nosotros, para una asesoría mas completa.

Paula Puerta Abogados Abogado en Medellín (El Poblado)

140 respuestas

527 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas Tardes Sr. Camilo

Le informamos que en primer lugar que en caso que su padre no haya hecho testamento en vid, debe iniciar el proceso de sucesión para que se liquide la herencia y se reparta entre los herederos del se causante y el/la cónyuge sobreviviente si tiene.

En caso de requerir asesoría y representación para su caso no dude en contactarnos.

Cordialmente,


Equipo IusCorp SAS

IusCorp Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

44 respuestas

29 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Describe tu caso a nuestros abogados

Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 2050

abogados

preguntas 5650

preguntas

respuestas 8550

respuestas