Puede funcionar una micro empresa dentro de un apto en un conjunto residencial

Realizada por mary amazo de amaya. 15 dic 2017 Derecho inmobiliario

Sobre el apto donde vivo tienen una marquetería y pintura y ellos trabajan todo el día y hasta tarde y realmente estoy cansada, tengo 79 años, cómo puedo hacer para que quiten eso de allí porque es un conjunto residencial.

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Mary cordial saludo, desde el consultorio líder en asesorías virtuales por WhatsApp desde hace dieciséis años, ingrese al foro de preguntas de nuestro blog sanivoabogados. blogspot para ampliarle su respuesta o al correo fundacionsanivo gmail. com somos especialistas en derecho inmobiliario, debe contratar una firma de abogados con postgrado y experiencia en el asunto para interponer las acciones administrativas como legales, porque en un apartamento el uso es residencial, pero se deben colocar querellas ante la administración.

Anónimo-262477 Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

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Buenos días
Tiene usted razón . En una unidad residencial no puede funcionar un establecimiento comercial como el que usted menciona. Existen varias vías para reclamar , le sugerimos comunicarse con nostros para brindarle la asesoria que necesita.
Cordialmente
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GR & Asociados Abogado en Cali (Comuna 2)

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Buenas tardes, señora Mary:

De acuerdo al artículo 138 de la Ley 675 de propiedad horizontal, en los conjuntos destinados para la residencia de sus habitantes está prohibido crear cualquier tipo de negocio. Únicamente en los conjuntos mixtos, en los que las viviendas son ideadas para el comercio, o que cuentan con un espacio específico destinado para la instalación de empresas.

Le recomendamos asesorarse por un abogado, para que realice la correspondiente reclamación de los perjuicios que le han causado.

Universo Legal Abogado en Medellín (La Candelaria)

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Buenos días, señora Mary Amazo de Amaya:

Primero, es necesario establecer si la unidad residencial está destinada solo a la residencia de sus habitantes o, si por el contrario, es de carácter mixto (que también están destinadas al uso comercial).

Pues, de acuerdo al artículo 138 de la Ley 675, en los conjuntos residenciales destinados únicamente para la residencia de sus habitantes está totalmente prohibido crear cualquier tipo de negocio, ya que se podría poner en riesgo la integridad de sus vecinos o la misma estabilidad de las obras.

Únicamente en los conjuntos mixtos, en los que las viviendas son ideadas para generar comercio, o que cuentan con un espacio específico para la creación del mismo se pueden instalar empresas.

Cabe la pena agregar que, ante la Constitución, usar una unidad residencial como un espacio para la distribución del comercio constituye un delito, ya que se está efectuando el cambio del uso del suelo.

Universo Legal Abogado en Medellín (La Candelaria)

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