mi esposo extranjero no lo dejan venir a Colombia

Realizada por lorena hernandez. 8 ago 2017 Derecho Internacional

Buenos Días


Acudo a ustedes para solicitarles de manera cordial sea tenido en cuenta mi caso ya que me encuentro en una situación en donde no encuentro salida.

Atentamente me dirijo a usted con el objeto de informar los hechos de cómo fue posible que mi esposo y yo nos encontráramos en dicha situación. A continuación relataré brevemente mi historia para su consideración.

Aproximadamente en el año 2012 culmine mis estudios de Administración de Empresas en la Universidad Externando de Colombia, finalmente como último requisito para mi graduación era obtener un puntaje B1 en el examen Internacional TOFEL. Desde ese momento me dedique por completo a estudiar inglés y aproximadamente a principios del año 2015 comencé a tomar clases personalizadas en un instituto conocido con el nombre THE LINCOLN ENGLISH CENTER, en donde sugirieron entre otras cosas practicar con nativos o personas extranjeras desde una aplicación que ellos recomendaban mucho conocida como HELLO TALK; dicha aplicación consistía en realizar un contacto con el extranjero para el perfeccionamiento del idioma así mismo un mutuo aprendizaje de los dos idiomas nativos. En este caso el manejaba el inglés como segunda lengua teniendo presente que su idioma nativo es el Hindi. Sin embargo fue en dicha aplicación como empezamos nuestra relación al principio de profesor y estudiante.

Finalmente a finales del año 2015 exactamente el 17 de Noviembre pude obtener mi grado como Administradora de Empresas y así mismo continúe con una relación que ya era más de novios que de aprendizaje, nuestras conversaciones se trasladaron al whatsaap y a una aplicación para poder vernos por cam conocida como IMO. A medida que pasaba el tiempo se hacía más grande la necesidad de hablarnos y obviamente de llegar a un encuentro personalmente.

Fue así como creo que empezamos con nuestra relación amorosa soñando poder viajar y vernos algún día y mientras pasaba el tiempo irnos conociendo más el uno al otro. En mayo del 2016 acordamos que la mejor manera de poder estar juntos era que el viajara a Colombia con visa de turismo ya que yo tengo una niña de 6 años la cual no podía dejar sola por mucho tiempo, fue así como el presenta la documentación requerida en el Consulado de Colombia en Nueva Delhi, obteniendo una visa de Turismo TP11 en donde además contenía una anotación donde decía que no podía aplicar a otro tipo de visa desde Colombia y era improrrogable. No obstante el realizo su viaje a Colombia aproximadamente el 22 de Junio del 2016 y ya estando en Colombia decidimos casarnos para consolidar nuestra relación y que pudiéramos estar juntos en Colombia por mucho más tiempo, la idea era contraer matrimonio en esos 3 meses de visa que el tenia y poder regresar a India con los papeles del matrimonio efectuado en Colombia para que de este modo pudiera aplicar nuevamente a la visa TP10. Efectivamente solicitamos citas en varias notarias de Bogotá en donde en la mayoría la programación estaba completa y no era posible realizar la boda antes de la finalización de la visa, en otras notarias colocaron miles de problemas por tratarse de un extranjero. Sin embargo la documentación presentada estaba completa según lo exigido en las notarías, todo venia apostillado con su respectiva traducción al español directamente traducido por un traductor oficial de la Cancillería.

Al no tener otra alternativa y teniendo en cuenta que mi familia materna cuenta con una finca de descanso cerca de la Ciudad de Barichara –Santander, realizamos los trámites pertinentes en la Notaria Única de Barichara en donde fueron aceptados la documentación y se procedió a colocar el edicto correspondiente para realizar la Boda el día 15 de Septiembre del 2016 a las 6:00 am, ya que ese mismo día mi esposo debía abandonar territorio Colombiano. Fue así como ese día logramos contraer matrimonio en el mejor pueblo de Colombia ya que cuenta con la mejor infraestructura colonial y romántica del país.

Ese mismo día el regreso a India con el registro civil de matrimonio, acta y poder especial elaborado por mí con el fin de aplicar a la visa de conyugue nuevamente desde New Delhi. El 09 de Noviembre del 2016 se realiza el pago del estudio de la visa con número de solicitud 000023000017914, el día El 29 de noviembre de 2016 mediante correo electrónico se recibe mail en el que se establece que la solicitud de la visa TP10 fue negada por la embajada de Colombia en Delhi, so pretexto de discrecionalidad del gobierno colombiano.

Dadas las circunstancia trato de obtener un nuevo estudio o reconsideración de la visa de mi esposo, enviando derechos de petición hasta llegar a una tutela en donde se evidencio que la respuesta del consulado fue negativa, ya que en la entrevista que solamente le realizaron a él, no pudieron evidenciar una relación de hecho y tampoco pudieron entender claramente lo conversado en dicha entrevista, ya que argumentaron que no manejaba bien el español, (argumentos de hecho que no se encontraban sustentados en actos administrativos específicos). Teniendo entonces una penalidad de 6 meses desesperadamente y no encontrando más alternativa decido viajar a la India, fue entonces como el 07 de Abril del presente año me reúno con mi esposo y su familia en la Ciudad de Nueva Delhi y comienzo a realizar los preparativos para mi boda al estilo Hindú. (Boda solicitada por mis suegros y además otra evidencia que se podía mostrar como prueba de amor).

Comenzamos los trámites pertinentes y uno de ellos era un certificado de la Embajada de Colombia en Nueva Delhi donde certificara que no tenían ningún impedimento para poder contraer matrimonio en India. En resumidas cuentas dicho trámite se pudo concretar después de realizar más o menos 7 visitas al Consulado de Colombia, ya que su cónsul al saber que era yo la que había colocado la tutela anteriormente, decidió colocarme cualquier cantidad de impedimentos comenzando con solicitarme el registro de nacimiento de mi ex marido para verificar en la parte de atrás del mismo la anotación de divorcio. Dicho documento fue enviado desde Colombia por correo certificado teniendo que cancelar una suma de dinero alarmante solo por obtener dicho permiso del Cónsul. Cuando se recibe el documento requerido el Consulado de Colombia procede a realizar el certificado confirmando mi matrimonio en Colombia el pasado 15 de Septiembre del 2016.

Fue entonces como el 30 de Abril del 2017 se realiza la ceremonia por la religión de mi esposo en un templo Hindú en la Ciudad de Panipat de donde es mi esposo. Al finalizar la ceremonia realizamos la celebración compartiendo con su familia, amigos y conocidos.

No obstante nos faltaba el último trámite a realizar que consistía en realizar el registro del matrimonio Hindú en la Corte de la Ciudad de Panipat- India, dicho trámite fue imposible realizarlo ya que se debía solicitar una cita para poder registrarlo personalmente ,y yo ya contaba con mi viaje de regreso para el 4 de mayo del presente año. Mi suegro pensando en registrarlo para poderlo considerar como un matrimonio legal y realizado por amor lo registro en la notaria correspondiente de la Ciudad de Panipat.

Nuevamente regrese a Colombia con la esperanza de que trascurrido el mes de Mayo mi esposo pudiera aplicar nuevamente a la visa TP 10 mostrando más evidencias que ayuden a comprobar nuestro amor.

Se cuentan con evidencias de los dos matrimonios, fotografías, álbum, video, etc. Sin embargo pese a las evidencia el vuelve aplicar a la visa TP 10 el día 15 de Julio del presente año y nuevamente el Consulado de New Delhi da como respuesta que es INADMITIDA dando como respuesta que los extranjeros contraen matrimonio solo para obtener la residencia o para conseguir trabajo en Colombia. Frente a la nueva negativa decidimos que por lo menos nos dejaran convivir por un tiempo y se decide aplicar nuevamente a la visa de turismo tp 11 recibiendo nuevamente una desfavorable respuesta de INADMISION argumentando que la solicitud de visa es incongruente.


Nuevamente me encuentro desesperada, ya que por mi condición de madre soltera de una menor de 7 años no puedo renunciar a mi vida en Colombia para irme a un país totalmente diferente ,ya que debo pensar también en el bienestar de mi hija, pero considero que el Ministerio de Relaciones Exteriores está cometiendo una injusticia con nosotros ya que por un derecho de discrecionalidad no pueden pasar por mi derecho de formar una familia. Además he intentado comunicarme con el Ministerio de Relaciones en especial con el área de visas para que me orienten frente a que documentación o que necesito presentar para demostrar la veracidad de la relación pero no ha sido posible obtener una cita, no se responden las solicitudes que hemos realizado.


Acudo a ustedes para que de alguna manera me sea escuchada mi suplica frente al Ministerio de Relaciones Exteriores y pueda conocer las razones de hecho que argumentan para negarme la posibilidad de que mi esposo este en Colombia junto a mi quisiera interponer un recurso de restablecimiento del derecho según lo establecido en el fallo de la tutela es la mejor alternativa.

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