¿Me pueden embargar toda la prima los juzgados de familia y no dejarme nada?

Realizada por Luis Henao. 6 ago 2018 Demanda por alimentos

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Buen día Señor Henao, de acuerdo con su inquietud le informamos que no existe un porcentaje preestablecido para determinar el monto de la cuota alimentaria de sus hijos, ésta se pacta de conformidad con sus ingresos y sus egresos; ahora bien, dicha cuota puede ser pactada de común acuerdo ante el Bienestar y de no llegar a un acuerdo debe ser decretada judicialmente ante la jurisdicción ordinaria.
Ante lo anterior le recomendamos agendar una cita con nosotros, para analizar el caso en concreto y poder asesorarlo de una mejor manera.

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Los embargos tienen una reglamentación dependiendo el tipo de embargo: deben respetar el salario mínimo, solo se puede exceder el 20% de lo que exceda el salario mínimo, si es por alimentos o para cooperativas solo pueden embargar hasta el 50%.

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Los embargos tienen un limite. el salario mínimo no es embargable. El operador judicial solo puede decretar el embargo de la quinta parte del excedente del salario mínimo. la excepción a esa protección se refleja en los embargos provenientes de obligaciones alimentarias y de deudas con cooperativas. Todos los salarios, inclusive el salario mínimo, pueden ser afectados para cumplir el pago de las deudas mencionadas, hasta en un 50 %.

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