Yo tengo fijada una cuota de alimentos para mi hija, pero estuve sin empleo dos meses y no pude cumplir con ella, ya inicié labores e inicié nuevamente con la consignación. Mi salario apenas da para la cuota de mis dos hijas y mis gastos, quisiera saber si estoy obligado a pagar las dos cuotas que no pude consignar por falta de empleo. Gracias
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Cordial saludo,
Al tener la cuota de alimentos establecida, si está obligado a pagar las cuotas alimentarias causadas. Lo que puede proponer sería una forma de pago que le permita cancelar el valor de las mismas.
Para mayor información contáctenos. Buen día.
Marco cordial saludo desde el consultorio jurídico en línea, especializados en asesorías virtuales internacionales, profesionales con postgrado que resuelven sus consultas por whatsapp - MSN desde hace dieciséis años, contáctenos al correo fundacionsanivo gmail. com e ingrese a youtube para ampliarle su respuesta en video, somos expertos en derecho de familia, cualquier cuota que le haga a sus hijos debe ser oficial, es decir, acuda ante una autoridad Comisaría de Familia, ICBF, Casa de la Justicia o Centro de Conciliación universitario para que quede una cuota definitiva.