Contratación medio tiempo

Realizada por Luisa Fernanda Barros Plata. 5 nov 2018 Contratos de trabajo

¿Es legal que se contrate medio tiempo por prestación de servicios por la mitad del salario mínimo, teniendo en cuenta que se descuenta el 10% de Retefuente?

¿Hay alguna salvedad en cuanto a seguridad social, si a quien se contrata en esta modalidad es persona con discapacidad?

Agradezco mucho despejar estas dudas.

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Este es un tipo de contrato no laboral, esto quiere decir que es civil y no existe el medio tiempo o tiempo completo ya que el empleador no puede exigir el cumplimiento de horarios, si lo hace podría demandarlo para que se reconozca el contrato realidad.

Por otra parte al ser contrato civil se puede pactar honorarios, mas no sueldo y el valor es independiente por cualquier valor en común acuerdo, tampoco se puede hablar de salario mínimo o medio salario y si se incumplen igualmente se puede demandar ya que se estaría usando la figura de prestación de servicios para explotar al empleado.

Cordialmente
DUQUE ORTIZ ABOGADOS

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Buenas tardes Sra. Luisa Fernanda

Respecto a su solicitud la invitamos a que agende una cita por medio de nuestro portal, así podremos brindarle asesoría oportuna y darle los parámetros necesarios en cuanto al contrato laboral.

Quedamos atentos,

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Luisa Fernanda,

Con gusto podemos atender y aclarar tus dudas sobre la modalidad de contratación que indicas, para lo cual te solicitaríamos que por favor nos contactes a través de nuestro correo electrónico o nuestro whataaspp y poder agendar una cita.

Álvaro Pinzón Guarín, Abogados Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

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El contrato de prestación de servicios, es un modelo de contrato valido donde las partes tienen autonomía para fijar la jornada laboral siempre y cuando no exceda la máxima legal tanto diaria como semanal.
Es de aclarar que este contrato exige al empleado pagar su seguridad social, y le recomendamos exigirlo al empleado para evitar inconvenientes.
También es importante aclarar que en este modelo de contrato no debe haber subordinación ni horario fijo de trabajo ya que se presta con independencia y autonomía entre el contratante y contratista.
Quedamos pendientes que se comunique con nosotros para una asesoría mas personalizada.

Bding Consultores Abogado en Chapinero (Nor Oriente)

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Agradecemos agendar una cita, pues con esta modalidad de contrato se corre un riesgo legal

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