¿A qué se tiene derecho en la separación de bienes?

Realizada por CARLOS NARANJO. 24 feb 2016 Demanda por alimentos

Me casé en el 98, me separé en el 2000, pero nunca se legalizó el divorcio ni la separación de bienes, no tuve hijos con esa persona, soy militar retirado, hace 4 años compre casa con el subsidio de la caja de vivienda militar, tengo dos niñas una de 10 y otra de 8, al igual ella tiene 3 hijos y un hogar conformado, pero ella dice que no me firma el divorcio a menos que le de la mitad de la casa, mi pregunta es: ¿Esto es posible? ¿Qué puedo hacer para que esto no pase? Ella me fue infiel y ese fue el motivo de la separación. Ahora me parece injusto que venga a reclamar algo por lo cual yo trabajé.

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Respetado Señor NARANJO, cordial saludo desde la confianza que le puede brindar una Fundación Jurídica, única y primera de éste portal experta en asuntos de divorcio, en relación con su segunda pregunta lo primero es que desde el inicio sea adelantado por un abogado especializado en derecho de familia como los de nuestra corporación, aquí no se puede improvisar, se debe argumentar jurídicamente que se trata de un bien propio y de que existe una separación de hecho; nuestro colectivo cuenta con mecanismos de justicia alternativa donde con argumentos, explicaciones y reuniones directas se han logrado separaciones ante centros de conciliaciones asociados o ante notarios en tiempo record; CONSÚLTENOS por nuestro nombre en internet y por favor colocar un -me gusta- a ésta respuesta, estamos en redes sociales.

Anónimo-262477 Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

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Si bien es cierto ella tiene el derecho q le exige, existen revisando puntual y personalmente su caso alternativas para revisar si realmente le asiste a su cónyuge razón. Debe tener cuidado con un alzamiento ilegal de bienes q pueden constituir un delito. Lo invitamos a que nos visite personalmente para de manera puntual poder atender su solicitud

ECAM Asesores Jurídicos Abogado en Santa Fe (Bogotá Centro)

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La sociedad conyugal que usted conformó con su primera pareja solo existe al momento de la liquidación, es una ficción legal. En este momento usted puede transferir el bien inmueble que adquirió, porque usted tiene plena disposición de sus bienes, y de igual manera puede disponer del dinero que le paguen por transferir el bien. Luego puede usted proceder a efectuar el divorcio y a la liquidación de la sociedad conyugal.
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GR & Asociados Abogado en Cali (Comuna 2)

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Es necesario adelantar el divorcio, y disolver la sociedad que actualmente sigue vigente y le da derechos a ella. Contáctenos a nuestro mail o teléfono fijo y con gusto estaremos colaborándole

CNG ABOGADOS CONSULTORES Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

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Estimado Sr Naranjo, Es importante que se realice el respectivo divorcio para así realizar la liquidación de la sociedad conyugal y que así se efectúe la separación de bienes. Contáctenos cuanto antes a GHER & Asociados ya que contamos con el personal calificado para estos litigios en familia.

GHER & Asociados Abogado en Teusaquillo (Bogotá Centro)

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