Si incapacidad por accidente de tránsito excede 540 días quién paga incapacidad?

Realizada por Gustavo Rodríguez. 12 feb 2018 Asesoría

Tuve accidente de tránsito, tengo más de 1.400 semanas cotizadas, me fracturé la vértebra T7 y llevo 140 días incapacitado. El Neurocirujano me mandó a valorar por medicina laboral. Él me dice que el daño es permanente. Qué pasa si la incapacidad dura más de 540 días, ¿me pueden echar del trabajo? ¿Quién me seguiría pagando? ¿Qué debo hacer? Yo puedo caminar, moverme, no puedo estar mucho rato en determinada posición. Me duele mucho y además me salió dolor en la parte izquierda todo el lado y el médico dice que es causa también del accidente. El desplazamiento de la Vértebra es del 50%, en la última valoración según la radiografía, está del 60%. ¿Qué va a pasar conmigo en cuanto a pensión e indemnizaciones? Muchas gracias por su amable atención.

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Después del día 540 quién debe cancelar las incapacidades es la EPS's

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