Qué tiene derecho un prestador de servicios

Realizada por leonardo. 9 feb 2016 Contratos de trabajo

Trabajé en una empresa durante 5 años, durante ese tiempo cumplí un horario de 6 am a 6pm de lunes a sábado, tenía subordinación y no tenía un básico, ganaba por porcentaje de ventas, nunca tuve una remuneración por mi tiempo laborado y quisiera saber si eso es legal.

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Buenos días, Sra. Leonardo.

Un contrato de servicios no supone las mismas condiciones ni requisitos de un contrato laboral, puesto que en el caso de un contrato de servicios, la obligación es de hacer algo, mas no de cumplir un horario ni de tener una subordinación permanente, aunque en los dos casos, obviamente hay remuneración.

Sin embargo, es muy común que las empresas por eludir el pago de Aportes parafiscales y la Seguridad social contrate su personal por servicios, pero las labores y las condiciones reales del desarrollo del servicio hacen que se den los presupuestos par ser considerada una relación laboral, pues si existe subordinación, se cumple un horario, etc., no se puede hablar de una prestación de servicios.

En esos casos podemos recurrir ante el Juez Laboral para que declare al existencia del contrato laboral y exigir el pago de las prestaciones adeudadas a que haya lugar.

Le invitamos a contactarnos.

Ana María Vergara Consultorías Jurídicas Abogado en Barranquilla (Norte-Centro Histórico)

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Sr. Leonardo. Gracias por consultar.

Según su relato, se están cumpliendo dos de los tres requisitos para la existencia de un contrato laboral, como lo son la prestación de la labor de manera personal y la subordinación, quedando la remuneración como argumento de parte del empleador para alegarla como factor para la inexistencia del contrato laboral. Sin embargo, seria prudente verificar las pruebas documentales con que usted cuenta en el proceso, o las pruebas testimoniales que puedan brindarle los compañeros de trabajo, para reafirmar las probabilidades de éxito frente a una posible demanda ante la jurisdicción laboral. HR SERVICIOS LEGALES ABOGADOS S.A.S., cuenta com personal experto para brindarle una excelente experiencia ante la jurisdicción laboral, la cual ponemos a su disposición a partir de este momento.

Por lo tanto lo invitamos a programar una cita con nuestros abogados para fijar las condiciones del servicio y empezar con su requerimiento.

Cordialmente,

JOSE MANUEL HERRERA RODRIGUEZ
R.L. HR SERVICIOS LEGALES ABOGADOS S.A.S.

HR Servicios Legales Abogados Abogado en Barrios Unidos (Bogotá Centro)

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Señor Leonardo cordial saludo.

Por la naturaleza de la relación y el tiempo, se reunen las características de un contrato laboral a termino indefinido, por lo tanto, tiene derecho a todas las prestaciones laborales de ley. Con gusto lo representamos para hacer valer sus derechos laborales.

Atentamente,

ASERORIAS Y GESTIONES JURIDICAS

Asesorías y Gestiones Jurídicas Abogado en Teusaquillo (Bogotá Centro)

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Reciba usted un cordial saludo de parte del equipo de trabajo de Apoyos Jurídicos Especializados, para nosotros es un gusto poder darle brindarle una opción jurídica viable y confiable a su problema.

Respecto del interrogante planteado nos permitimos comunicarle que efectivamente el comportamiento desplegado por el empleador para este caso es totalmente ilegal, por cuanto se evidencia una clara afectación a sus derechos como trabajador.

De acuerdo a lo comentado por usted, se podría decir que se cuenta con los elementos necesarios a fin de establecer una relación laboral y por ende la existencia de un verdadero contrato de trabajo lo cual debe discutirse y demostrarse ante la jurisdicción laboral.
Otro factor importante a tener en cuenta dentro del caso planteado es el paso del tiempo, en tanto que el mismo puede dar paso al fenómeno de la prescripción de algunos de sus derechos no exigidos, por lo cual le recomendamos actuar con rapidez y diligencia en el tema.

Hernando Alberto Lopez Cardona
Consultor - Representante Legal Suplente
Apoyos Jurídicos Especializados S.A.S.

Apoyos Jurídicos Especializados Abogado en Cali (Comuna 19)

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Cordial saludo,
De acuerdo a los descrito por Usted, encuentro reflejados los elementos del contrato de trabajo por lo tanto su empleador debe dar cumplimiento a la normatividad relacionada con pago de salarios y prestaciones sociales, incluso ya incurrió en las sanciones moratorias respectivas, lo invito a acercarse a mi oficina para que analicemos detenidamente la situación y escuche mi propuesta de representación judicial en este caso.

Luz Adriana Arias Aristizabal Abogado en Manizales (Atardeceres)

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De su escrito podemos concluir que lo que tenia era un contrato de trabajo. Puede comunicarse con nosotros para mas información.

CNG ABOGADOS CONSULTORES Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

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Respetado Señor LEONARDO, cordial saludo desde la confianza que le puede brindar la única Fundación Jurídica y primera en respuestas de éste gran portal, ante su pregunta principal, no es legal que después de haber cumplido con los tres elementos de la relación laboral su Empleador no le halla cancelado su salario ni su liquidación, por lo que nuestra recomendación es que agote desde un principio su reclamación o Demanda a través de un abogado que sea especializado o con postgrado y con la experiencia que ofrece nuestra Corporación Jurídica, ya que si la inicia mal o por tramitadores después no se puede corregir al quedar agotada la instancia, incluso a través de nuestro equipo de expertos se ha logrado conciliar el pago; ubiquenos en los buscadores de internet por nuestro nombre e inscribase para recibir todos los beneficios y solución de su Caso.

Anónimo-262477 Abogado en Usaquén (Bogotá Norte)

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